TRANSPORTAR MATERIALES Y RESIDUOS PELIGROSos POR CARRETERA

REQUISITOS PARA OBTENER LA AUTORIZACION PARA TRANSPORTAR MATERIALES Y RESIDUOS PELIGROSos POR CARRETERA

  1. Documento que acredite la personería jurídica señalando que el objeto social de la empresa es el transporte de Materiales y Residuos Peligrosos por Carretera de ámbito nacional.
  2. Copia de la Tarjeta de Propiedad
  3. Copia del SOAT
  4. Copia de la Revisión Técnica para Transportar Materiales y Residuos Peligrosos.

PLAN DE CONTINGENCIA PARA EL TRANSPORTE DE MATERIALES Y RESIDUOS PELIGROSOS

El Plan de Contingencias es un documento de gestión, el cual tiene la finalidad de reducir los posibles daños a la vida humana, salud, patrimonio y ambiente. Su elaboración, está conformado por un conjunto de procedimientos preestablecidos, que están destinados a la coordinación, alerta, movilización y respuesta ante una situación de emergencia, derivada de la ocurrencia en respuesta a una actividad u operación efectuada por el hombre, en el que está incluido el transporte terrestre.

Asimismo, existe la obligación de presentar planes de contingencia de transporte de materiales y residuos peligrosos, los cuales serán elaborados conforme a la ley 28551, ley que establece la obligación de elaborar y presentar planes de contingencia. Cuando se trate de transporte por cuenta propia, el plan de contingencia será aprobado por el sector que corresponda a la actividad que produce o emplea el material o residuo peligroso de acuerdo a sus normas vigentes. Cuando se trate del servicio de transporte terrestre de materiales y/o residuos peligrosos, el plan de contingencia será aprobado por la DGASA (Dirección General de Asuntos Socio Ambientales) del MTC.

Para el Servicio de Transporte de Materiales y/o Residuos Peligrosos, se encuentra establecido en la Ley N° 28256 – Ley que Regula el Transporte de Materiales y Residuos Peligrosos, y su Reglamento, a través del Decreto Supremo N° 021-2008-MTC, y sus modificatorias.