Transporte regular de personas

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Autorización para prestar servicio de transporte regular personas (Tarjeta Única de Circulación – TUC)

Vigencia: Diez (10) años.

  1. Solicitud simple con datos generales.
  2. Anexo con términos del permiso solicitado.
  3. Propuesta operacional que acredite matemáticamente la viabilidad de operar el número de servicios y frecuencias solicitadas, con el número de conductores y vehículos que habilita.
  4. Estudio de factibilidad de mercado, financiero y de gestión, que señala el artículo 39º del Reglamento, para rutas que tengan como origen y/o destino a la provincia de Lima Metropolitana y/o a la provincia constitucional del Callao.
  5. Copia legible de la Tarjeta de identificación vehicular de cada vehículo ofertado, y de corresponder, copia legible del contrato de arrendamiento financiero (leasing), operativo o de fideicomiso, en el cual debe estar indicado el número de placa de rodaje o número de serie o VIN.
  6. Copia legible de Certificados SOAT vigente de cada vehículo.
  7. Copia legible del Certificado de Inspección Técnica Vehicular vigente.
  8. Copia legible de Testimonio de constitución del transportista en la que conste la denominación social, la prestación del servicio de transporte terrestre de personas como actividad principal, los nombres de los socios, accionistas, asociados, directores, administradores y representantes legales. Puede ser sustituida por copia literal emitida por SUNARP.
  9. Copia legible de Documento que acredita el uso del terminal terrestre o estación de ruta que cuenta con Certificado de Habilitación Técnica, señalado en el anexo correspondiente.
  10. Copia legible de Contrato respectivo que acredite el uso de los talleres de mantenimiento.
  11. Copia legible de Documento que acredite el acceso al servicio de comunicación entre el transportista y sus unidades, suscrito con la empresa proveedora de dicho servicio.
  12. Copia legible de Manual de Operaciones elaborado conforme a lo indicado en el numeral 42.1.5 del art. 42 del Reglamento.
  13. Copia legible de Certificado del Limitador de Velocidad, elaborado conforme a la RD Nº 843-2010-MTC/15.
  14. Copia legible de Documento que es titular o contrato vigente que le permite el uso y usufructo de las oficinas administrativas del transportista.
  15. Copia legible de Registros Contables y/o del documento declarado ante la SUNAT.
  16. Copia del contrato vigente con la empresa prestadora del servicio de control y monitoreo inalámbrico que transmita a la Entidad, en forma permanente la información de la ubicación del vehículo en ruta.
  17. Pago por Derecho de Tramitación (Banco de la Nación).

 
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